En cumplimiento de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, Asociación Autismo Araya pone a disposición de empleados, colaboradores y terceros su Canal Interno de Información.
1. Objeto del Canal
El canal tiene por finalidad permitir la comunicación confidencial de cualquier acción u omisión que pueda constituir una infracción del Derecho de la Unión Europea, infracciones penales o administrativas graves o muy graves, o cualquier vulneración normativa dentro del ámbito de la organización.
2. Acceso al Canal
Las denuncias podrán realizarse a través del siguiente enlace:
El canal está disponible las 24 horas, permitiendo realizar comunicaciones de forma escrita y garantizando la confidencialidad.
3. Confidencialidad y Protección del Informante
- Se garantiza la confidencialidad de la identidad del informante y de cualquier persona mencionada en la denuncia.
- El canal permite la presentación anónima de denuncias.
- Está prohibida cualquier forma de represalia contra las personas que comuniquen información conforme a la Ley 2/2023.
4. Gestión de las Denuncias
- La gestión del canal será realizada por el Responsable del Sistema Interno de Información designado por Asociación Autismo Araya,
- Tras la recepción de la denuncia, se emitirá un acuso de recibo en un plazo máximo de 7 días.
- Se llevará a cabo una investigación interna, garantizando la imparcialidad y el derecho de defensa de las partes implicadas.
- En un plazo máximo de 3 meses, se comunicará al informante la resolución adoptada o el estado de la tramitación.
5. Ámbito de las Denuncias
Se podrán comunicar, entre otras, las siguientes situaciones:
- Infracciones legales o normativas.
- Conductas contrarias a la ética de la empresa.
- Casos de corrupción, fraude, acoso, discriminación o vulneración de derechos.
6. Tratamiento de Datos Personales
El tratamiento de los datos personales derivados de las denuncias se realizará conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD).
7. Otras Vías de Comunicación
El informante podrá acudir, si lo desea, a la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI) u otras autoridades competentes.